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Glosario de extranjería

Homologación

También: homologar un título · convalidar el título

El reconocimiento oficial de un título extranjero como equivalente a uno español que habilita para ejercer una profesión regulada. No es lo mismo que la declaración de equivalencia.

· Última revisión · RD 889/2022

Qué reconoce

Que la formación superada para obtener tu título extranjero es equiparable a la exigida para un título español que habilita para ejercer una profesión regulada.

Desde que se concede y se expide la credencial, tu título tiene los mismos efectos que el español en todo el territorio nacional, y puedes ejercer esa profesión en las mismas condiciones que quien tiene el título español.

Homologación no es equivalencia

Es la distinción que más tiempo hace perder cuando se elige mal:

Homologación Declaración de equivalencia
Reconoce Equiparación a un título que habilita El nivel académico de Grado o Máster
¿Habilita para profesión regulada? Sí No, la norma lo dice expresamente
Para qué sirve Ejercer medicina, enfermería, arquitectura, abogacía, ingenierías Oposiciones, másteres, puestos que piden titulación

Dónde se tramita

No en Extranjería. Lo regula el RD 889/2022, lo instruye la Secretaría General de Universidades y lo resuelve el ministerio competente en universidades, a través del portal Valida-TE.

Y todo es electrónico y obligatoriamente: solicitud, documentación, comunicaciones y hasta los recursos.

Los números

  • Tasa: 166,50 €, modelo 790-107. No se devuelve si la solicitud se inadmite, caduca o se deniega.
  • Resolución: seis meses desde la entrada en el registro electrónico. Pasados sin notificación, silencio negativo.
  • Revisión inicial: 10 días hábiles.
  • Subsanación: 10 días hábiles, ampliables excepcionalmente a 35 si acreditas dificultades.

Los cuatro finales posibles

  1. Concesión de la homologación.
  2. Concesión de la declaración de equivalencia.
  3. Denegación.
  4. Concesión condicionada a superar requisitos formativos complementarios.

En el cuarto caso, la credencial no llega hasta que acredites haberlos superado, en una o varias universidades españolas que impartan el título. Tienes cuatro años; pasados sin superarlos, la homologación condicionada pierde su eficacia, y ya no podrás volver a solicitar la de ese título.

Lo que va antes

Tu título y tu certificación académica son documentos públicos extranjeros: apostillados o legalizados y traducidos oficialmente al castellano. Ese requisito no se exige a los expedidos por autoridades de la UE, del EEE y de Suiza.

El trámite completo Homologación y equivalencia, en detalle

4 preguntas

Preguntas frecuentes

No. Es un procedimiento del ministerio competente en universidades, con su propia norma, su propia sede y su propia tasa. Aparece constantemente en los trámites de residencia y trabajo, pero no forma parte del Reglamento de Extranjería.

166,50 € de tasa y seis meses de plazo máximo para resolver y notificar, con silencio negativo. La tasa no se devuelve si la solicitud se inadmite, caduca o se deniega.

Una concesión condicionada: han detectado carencias y la resolución indica qué tienes que superar. Tienes cuatro años desde la notificación; pasados sin superarlos, la homologación condicionada pierde su eficacia y ya no podrás volver a solicitar la de ese título.

El artículo 4 excluye los niveles distintos de Grado y Máster Universitario. Para el doctorado se aplica el procedimiento de la disposición adicional segunda del mismo real decreto.

3 fuentes consultadas

Fuentes oficiales

Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.

Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.