Glosario de extranjería
Declaración de equivalencia
También: equivalencia de títulos · equivalencia a nivel académico
El reconocimiento del nivel académico de un título extranjero, de Grado o de Máster. La norma dice expresamente que no habilita para ejercer una profesión regulada.
· Última revisión · RD 889/2022, arts. 1 y 5
Qué reconoce
Que tu título extranjero equivale a un nivel académico oficial español de Grado o de Máster Universitario, con los efectos académicos y administrativos correspondientes en todo el territorio nacional.
Y qué no
La norma lo dice con todas las letras, y conviene leerlo antes de elegir procedimiento: la equivalencia se concede «sin que ello habilite para el ejercicio de una profesión regulada en España».
Si tu objetivo es colegiarte y ejercer —medicina, enfermería, arquitectura, abogacía, ingenierías—, la equivalencia no te sirve. Lo que necesitas es la homologación.
Cuándo sí es la correcta
- Oposiciones que exigen titulación universitaria de un determinado nivel.
- Acceso a un máster o a estudios de posgrado.
- Puestos de trabajo que piden titulación universitaria sin ser profesión regulada.
- Baremos y méritos en procesos administrativos.
En todos esos casos, lo que se acredita es el nivel, y para eso está.
Las tres figuras, sin confundirlas
| Figura | Qué hace | Quién la concede |
|---|---|---|
| Homologación | Equipara a un título que habilita para profesión regulada | Ministerio competente en universidades |
| Equivalencia | Reconoce el nivel académico | Ministerio competente en universidades |
| Convalidación | Reconoce estudios o períodos para continuar estudiando | Una universidad española |
Ninguna de las tres presupone la posesión de ningún otro título ni nivel académico español.
Lo demás, igual que la homologación
Mismo procedimiento, misma sede electrónica, misma tasa de 166,50 € que no se devuelve, mismo plazo de seis meses con silencio negativo, y misma exigencia de apostilla y traducción jurada para el título y la certificación académica.
Lo único que cambia es qué pides. Y esa elección conviene hacerla bien a la primera.
4 preguntas
Preguntas frecuentes
No. La norma concede la equivalencia sin que ello habilite para el ejercicio de una profesión regulada en España. Para eso está la homologación.
Para acreditar tu nivel académico: oposiciones, acceso a un máster, puestos que exigen titulación universitaria sin ser profesión regulada. Tiene efectos académicos y administrativos en todo el territorio nacional.
Es mala idea. La tasa se paga por cada solicitud y no se devuelve, y un título ya resuelto en una solicitud idéntica no puede volver a presentarse.
Es otra cosa: se pide a una universidad española para que te reconozca estudios o períodos de estudios y puedas continuarlos aquí.
3 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
Boletín Oficial del Estado Consultado el 13 sept 2026
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades Consultado el 13 sept 2026
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades Consultado el 13 sept 2026
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.