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Glosario de extranjería

Trabajo por cuenta ajena

También: cuenta propia · autónomo · por cuenta ajena

El trabajo por cuenta de un empleador, con contrato. Frente a él, el trabajo por cuenta propia es el de quien se establece por su cuenta y se da de alta como autónomo.

· Última revisión · RD 1155/2024, arts. 74 y 84

La diferencia de fondo

Cuenta ajena: trabajas para alguien, con contrato y bajo su organización. Cuenta propia: te estableces por tu cuenta, con tu proyecto y tu alta de autónomo.

Parece obvio, pero en extranjería la distinción cambia quién presenta la solicitud, qué se comprueba y quién paga.

Quién presenta y quién paga

Cuenta ajena Cuenta propia
Presenta El empleador o empresario La persona extranjera
Paga la tasa El empleador La persona extranjera
Se comprueba Sobre todo a la empresa Sobre todo el proyecto

Presentar quien no está legitimado es causa de requerimiento. Merece la pena comprobarlo antes.

Lo que se le exige al empleador

El artículo 74 fija los requisitos específicos:

  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación, salvo en las vías que la exceptúan.
  • Un contrato firmado por ambas partes, con actividad continuada durante la vigencia de la autorización inicial, y con la fecha de comienzo condicionada al momento de eficacia de la autorización.
  • Que las condiciones del contrato se ajusten a la normativa vigente y al convenio colectivo aplicable para la misma actividad, categoría y localidad.
  • Que el empleador esté al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

El tiempo parcial, con suelo

Si la contratación es a tiempo parcial, la retribución total a percibir debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual.

No se puede fraccionar el salario por debajo de ese suelo repartiendo horas.

La eficacia y el alta

Un detalle que retrasa muchas incorporaciones: la eficacia de la autorización suele estar condicionada al alta de la persona trabajadora en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, y ese alta se comprueba de oficio antes de expedir la tarjeta.

El contrato no empieza cuando se firma: empieza cuando la autorización es eficaz.

El trámite completo La residencia y trabajo, en detalle

4 preguntas

Preguntas frecuentes

En cuenta ajena, el empleador o empresario, que además asume el pago de la tasa. En cuenta propia, la persona extranjera.

Presentar un contrato firmado por ambos con actividad continuada durante la vigencia de la autorización, que las condiciones se ajusten a la normativa y al convenio aplicable, y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La retribución total a percibir debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual.

La fecha de comienzo debe estar condicionada al momento de eficacia de la autorización. Y esa eficacia suele depender del alta en la Seguridad Social.

3 fuentes consultadas

Fuentes oficiales

Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.

Hoja informativa 12: residencia y trabajo por cuenta ajena (se abre en una ventana nueva)

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Consultado el 12 sept 2026

Hoja informativa 14: residencia y trabajo por cuenta propia (se abre en una ventana nueva)

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Consultado el 12 sept 2026

Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.