¿Qué arraigo me corresponde?
Respuesta rápida
No todos los arraigos sirven para todo el mundo. Depende de si llevas dos años en España, de si tienes trabajo o familia aquí, de si vas a estudiar o de si tuviste papeles hace poco. Responde estas tres preguntas y te decimos por dónde te encaja. Es orientativo: confirma siempre tu caso.
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.
- 3 preguntas
- Resultado orientativo
- Te dirige al tipo que encaja
Herramienta
¿Cuál es tu situación?
¿Llevas al menos 2 años viviendo en España de forma continuada?
Cuenta desde tu entrada, aunque no tuvieras autorización.
¿Tienes una oferta o contrato de trabajo?
¿Cuál describe mejor tu situación?
Según tus respuestas
Todavía no cumples la permanencia general
El arraigo familiar no la exige; míralo, o revisa otras vías más adelante.
Ver la ficha completaOrientación general, no una resolución.
Según tus respuestas
Tu vía natural es el arraigo sociolaboral
Además, te deja trabajar durante el trámite.
Ver la ficha completaOrientación general, no una resolución.
Según tus respuestas
Arraigo social por vínculo familiar
Sin informe de integración.
Ver la ficha completaOrientación general, no una resolución.
Según tus respuestas
Arraigo socioformativo
Con informe de integración; puedes trabajar hasta 30 h/sem.
Ver la ficha completaOrientación general, no una resolución.
Según tus respuestas
Arraigo de segunda oportunidad
Para quien tuvo autorización en los últimos 2 años y no pudo renovar.
Ver la ficha completaOrientación general, no una resolución.
Según tus respuestas
Arraigo social con informe de integración
Más medios económicos.
Ver la ficha completaOrientación general, no una resolución.
Nada de lo que elijas se guarda ni se envía.
Antes de empezar
Esto es una orientación, no una resolución. Sirve para saber por dónde mirar; tu caso concreto puede tener matices.
1 preguntas
Preguntas frecuentes
A veces sí. Entonces elige el que mejor puedas acreditar; por ejemplo, el sociolaboral tiene la ventaja de dejarte trabajar durante la tramitación.
2 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
BOE Consultado el 12 sept 2026
Secretaría de Estado de Migraciones Consultado el 13 sept 2026