Glosario de extranjería
TIE
También: Tarjeta de Identidad de Extranjero · tarjeta de extranjería
Tarjeta de Identidad de Extranjero: el documento físico que acredita tu situación legal en España. Es personal e intransferible y dura lo mismo que la autorización que la justifica.
· Última revisión · RD 1155/2024, art. 209
Qué acredita
La TIE es el documento destinado a identificarte a los efectos de acreditar tu situación legal en España. Esa es su función y es importante entenderla: no te concede nada, demuestra lo que ya te han concedido.
Es personal e intransferible, y te corresponde a ti cumplimentar las actuaciones para obtenerla y entregarla, además de custodiarla y conservarla.
Derecho y deber
El artículo 209 no lo deja como una opción. Toda persona extranjera a la que se le haya expedido un visado o una autorización para permanecer en España por un periodo superior a seis meses tiene «el derecho y el deber» de obtener la TIE.
Y el incumplimiento de las obligaciones relativas a ella activa el régimen sancionador de la Ley de Extranjería.
El plazo: un mes, ¿desde cuándo?
Un mes, sí, pero el punto de partida cambia según tu caso:
- Desde tu entrada en España.
- Desde que la autorización se concede o cobra vigencia.
- Cuando la eficacia de la autorización está condicionada al alta en la Seguridad Social, desde esa alta. En esos casos, además, el cumplimiento del requisito se comprueba de oficio antes de expedir la tarjeta.
Cuánto dura
Lo mismo que la autorización o el reconocimiento del derecho que justifica su expedición. Y pierde validez cuando esa autorización decae, por cualquiera de las causas previstas o por la pérdida del derecho a permanecer en España.
Cualquier modificación que altere tu situación legal o laboral —las renovaciones incluidas— determina la expedición de una tarjeta nueva adaptada al cambio, con la vigencia que fije la resolución.
Pérdida, robo o deterioro
Se expide una tarjeta nueva a instancia tuya, y la norma es explícita: no se considera renovación. La nueva tarjeta vale por el tiempo que le faltara a la que sustituye.
Si la pides dentro del plazo de renovación de la autorización, los dos procedimientos se tramitan de forma conjunta y concordante.
La obligación de devolverla
Se olvida siempre, y está en el Reglamento. Hay obligación de entregar la tarjeta en la Comisaría de policía del lugar de residencia cuando:
- ha finalizado su plazo de vigencia,
- se ha acordado la renovación de la autorización,
- o se ha perdido el derecho que justificó su expedición.
Con dos variantes: quien retorna a su país asumiendo un compromiso de no regreso la entrega en la representación diplomática o consular española, y quien está bajo el régimen de protección internacional, en la Comisaría de su provincia —o en la Oficina de Asilo y Refugio si está domiciliado en Madrid—.
Quién la expide
La Dirección General de la Policía, en la Comisaría donde se tramitó el expediente o se practicó la notificación. Para recogerla hay que acreditar que eres el destinatario y haber pagado la tasa.
6 preguntas
Preguntas frecuentes
Si tienes un visado o una autorización para permanecer en España por más de seis meses, sí: el Reglamento lo formula como un derecho y un deber. El incumplimiento de las obligaciones relativas a la TIE lleva aparejado el régimen sancionador de la Ley de Extranjería.
Un mes, contado desde tu entrada en España o desde que la autorización se concede o cobra vigencia, según el caso. Cuando la eficacia depende del alta en la Seguridad Social, cuenta desde esa alta.
Exactamente lo mismo que la autorización o el derecho que justifica su expedición. Pierde validez cuando esa autorización decae.
No. El extravío, la destrucción o la inutilización llevan a expedir una tarjeta nueva a instancia tuya, que no se considera renovación: tiene vigencia por el tiempo que le faltara a la que sustituye. Si la pides dentro del plazo de renovación de la autorización, los dos procedimientos se tramitan de forma conjunta.
Hay obligación de entregarla en la Comisaría de policía del lugar donde residas cuando venza su vigencia, cuando se acuerde la renovación o cuando se pierda el derecho que la justificó. Si retornas a tu país con un compromiso de no regreso, se entrega en la representación diplomática o consular española.
El titular no puede ser privado del documento salvo en los supuestos y con los requisitos de la Ley de Extranjería y de la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana.
3 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
BOE Consultado el 12 sept 2026
Administración General del Estado Consultado el 13 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.