Glosario de extranjería
Tasa modelo 790
También: 790-052 · 790-012 · 790-026 · tasa de extranjería
El impreso con el que se pagan las tasas de extranjería. El código 052 es el de las autorizaciones y tarjetas; el 012, el del NIE y otros documentos.
· Última revisión · Orden PJC/617/2025 · Ley 19/2015
Un impreso, varios códigos
El modelo 790 es el formulario de autoliquidación. Lo que cambia de un trámite a otro es el código, y equivocarse de código es uno de los motivos de requerimiento más tontos y más frecuentes.
| Código | Para qué | Quién lo gestiona |
|---|---|---|
| 790-052 | Autorizaciones de extranjería y tarjetas (TIE) | Ministerio de Inclusión / Política Territorial |
| 790-012 | NIE, certificados y documentos de la Policía | Ministerio del Interior |
| 790-026 | Nacionalidad por residencia | Ministerio de Justicia |
| 790-107 | Homologación y equivalencia de títulos | Ministerio competente en universidades |
Cuándo se devenga
Dos momentos distintos según el procedimiento, y conviene mirarlo antes de pagar:
- Al presentar la solicitud. Es lo habitual en las autorizaciones ordinarias.
- Al admitirse a trámite. Fue el caso de las vías extraordinarias de 2026.
En los dos casos, el plazo para abonarla suele ser de diez días hábiles.
El aviso del NIE
Las hojas informativas de las vías extraordinarias lo destacaban en mayúsculas, y sigue siendo un buen criterio general: quien solicita una autorización y carece de NIE no debe abonar la tasa hasta que se le requiera con la comunicación de admisión a trámite. Pagar antes, sin número asignado, complica identificar el ingreso.
La tasa no se devuelve
Grava la tramitación, no la concesión. La Ley 19/2015 lo dice sin rodeos para la nacionalidad: el hecho imponible es la solicitud de iniciación del procedimiento, y se paga «con independencia del resultado del procedimiento». En homologación, el ministerio lo repite: si la solicitud se inadmite, caduca o se deniega, la tasa no se devuelve.
Quién paga
Normalmente, la persona extranjera. La excepción importante: en las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena, el empleador asume el pago.
4 preguntas
Preguntas frecuentes
Depende del procedimiento. En unos la tasa se devenga al presentar la solicitud y en otros al admitirse a trámite. En ambos casos el plazo para abonarla suele ser de diez días hábiles.
Las hojas informativas de las vías extraordinarias lo avisaban en mayúsculas: quien carece de NIE no debe abonar la tasa 790-052 hasta que se le requiera con la comunicación de admisión a trámite.
No. La tasa grava la tramitación, no el resultado. En la nacionalidad la Ley 19/2015 lo dice expresamente: se paga con independencia del resultado del procedimiento.
En las autorizaciones por cuenta ajena, el empleador asume el pago de la tasa correspondiente.
3 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
BOE Consultado el 12 sept 2026
Administración General del Estado Consultado el 12 sept 2026
Boletín Oficial del Estado Consultado el 13 sept 2026
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.