Qué es la TIE
Respuesta rápida
La TIE es la tarjeta de identidad de extranjero: el documento físico destinado a acreditar tu situación legal en España. Quien tenga un visado o una autorización para más de seis meses tiene el derecho y el deber de obtenerla, y debe pedirla personalmente en el plazo de un mes desde la entrada o desde la concesión.
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.
- Es la tarjeta física
- Obligatoria a partir de 6 meses
- 1 mes para pedirla
- Dura lo que dure tu autorización
Cifras clave
-
1 mes
para solicitarla
-
16,08 €
primera concesión
-
19,30 €
renovación
Qué acredita
La TIE es el documento destinado a identificarte a efectos de acreditar tu situación legal en España. Es personal e intransferible, y te corresponde a ti cumplimentar las actuaciones para obtenerla y entregarla, además de custodiarla y conservarla.
Quién la necesita y cuándo
Todas las personas extranjeras a las que se haya expedido un visado o una autorización para permanecer más de seis meses. El plazo para solicitarla personalmente es de un mes, contado desde:
- la entrada en España, o
- desde que la autorización se concede o cobra vigencia, en función, en su caso, del alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
Vigencia y devolución
La TIE tiene idéntico periodo de vigencia que la autorización que justifica su expedición. Cuando esa autorización caduca, se renueva o se pierde el derecho a permanecer, el titular está obligado a entregar el documento.
Cuánto cuesta
16,08 € la que documenta la primera concesión de una autorización de residencia temporal o de estancia. 19,30 € la que documenta una renovación o prórroga. 21,87 € la de larga duración. Y 12 € la de familiar de persona con nacionalidad española.
5 preguntas
Preguntas frecuentes
El Reglamento la plantea como derecho y como deber a la vez, para quien tenga un visado o autorización superior a seis meses. Incumplir las obligaciones relativas a la TIE activa el régimen sancionador de la Ley de Extranjería.
Desde la entrada en España, o desde que la autorización se concede o cobra vigencia. En las autorizaciones cuya eficacia depende del alta en la Seguridad Social, desde esa alta.
Exactamente lo que dure la autorización que la justifica. Pierde validez cuando esa autorización deja de estar vigente.
Sí. Cuando finaliza su vigencia, se acuerda la renovación de la autorización o se pierde el derecho que justificó su expedición, el titular está obligado a entregar el documento.
No, salvo en los supuestos y con los requisitos previstos en la Ley de Extranjería y en la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana.
3 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
BOE Consultado el 12 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026
Administración General del Estado Consultado el 13 sept 2026