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Tasas e importes vigentes

Respuesta rápida

Los importes de las tasas de extranjería los fija la Orden PJC/617/2025. El arraigo cuesta 38,28 €, la TIE de primera concesión 16,08 €, la residencia de larga duración 21,87 € y el NIE a instancia del interesado 9,84 €. Esta página reúne todos los importes y los porcentajes del IPREM.

Equipo Dalil Actualizado el Conforme a Orden PJC/617/2025 Contrastado con fuentes oficiales

Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.

  • Arraigo: 38,28 €
  • TIE inicial: 16,08 €
  • Larga duración: 21,87 €
  • NIE: 9,84 €

Cifras clave

  • 38,28 €

    tasa de cualquier arraigo

  • 16,08 €

    TIE de primera concesión

  • 10,94 €

    autorizaciones iniciales ordinarias

  • 150 %

    del IPREM para reagrupar a un familiar

Por qué existe esta página

Porque las cifras son lo que más cambia y lo que más se copia mal. Aquí están todas juntas, con su fuente, para no tener que buscarlas trámite por trámite.

Tasas de autorización · modelo 790 código 052

Epígrafe Concepto Importe
2.1.1 Residencia temporal no lucrativa 10,94 €
2.1.2 Residencia temporal por reagrupación familiar 10,94 €
2.1.3 Residencia y trabajo por cuenta ajena y/o propia 10,94 €
2.1.6 Residencia para búsqueda de empleo o emprendimiento 10,94 €
2.2.x Renovación o prórroga de residencia temporal 16,40 €
2.3.1 Arraigo (los cinco tipos) 38,28 €
2.4 Prórroga de autorización por circunstancias excepcionales 16,40 €
2.5.1 Modificación desde estancia por estudios 10,94 €
2.5.2 Modificación de residencia a residencia y trabajo 10,94 €
2.6 Residencia de larga duración y larga duración-UE 21,87 €

Tarjetas y documentos

Epígrafe Concepto Importe
4.1 TIE de familiar de persona con nacionalidad española 12 €
4.2 TIE de primera concesión 16,08 €
4.3 TIE de renovación o prórroga 19,30 €
4.5 TIE de residencia de larga duración 21,87 €
4.6 Certificado de registro de residente comunitario o tarjeta de familiar de ciudadano de la UE 12 €
4.7 TIE de menores tutelados por entidad pública 0 €
5.10 Autorización de regreso 10,72 €
5.12 Asignación de NIE a instancia del interesado 9,84 €
5.13 Certificados o informes a instancia del interesado 7,31 €

Importes de la Orden PJC/617/2025. Se devengan al presentar la solicitud —o al admitirse a trámite, según el procedimiento— y se pagan en diez días hábiles.

La tasa que no está en esa orden

La nacionalidad por residencia no se tramita en Extranjería y su tasa tampoco sale de ahí: la creó la Ley 19/2015 y es de 100 €, modelo 790 código 026. Se paga por solicitar el procedimiento, con independencia del resultado.

Los porcentajes del IPREM

El Reglamento no fija cantidades en euros: fija porcentajes del IPREM. Eso es lo que no cambia.

Para qué Porcentaje
Arraigo social por vínculo familiar 100 % por el familiar + 100 % por ti = 200 %
Reagrupación, unidad de dos miembros 150 %
Reagrupación, por cada miembro adicional +50 %
Estudios, primer familiar 75 %
Estudios, cada familiar adicional 50 %

La cuantía del IPREM

La fija la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La última que lo hizo es la Ley 31/2022, en su disposición adicional nonagésima:

Referencia Cuantía
IPREM diario 20 €
IPREM mensual 600 €
IPREM anual 7.200 €
IPREM anual, cuando sustituye al salario mínimo en cómputo anual con pagas extraordinarias 8.400 €

Mientras no se apruebe una ley de presupuestos que la modifique, esa es la cuantía aplicable. Con 600 € mensuales, el 150 % son 900 €, el 200 % son 1.200 € y el 75 %, 450 €.

Es el único dato de esta página que depende de un calendario político, así que si la consultas mucho después de la fecha de revisión, compruébalo.

Otros datos que se repiten

Dato Valor
Plazo de resolución del arraigo 3 meses, silencio negativo
Plazo de resolución de la nacionalidad 1 año, silencio negativo
Plazo para pedir la TIE 1 mes desde la concesión o la entrada
Plazo para pagar la tasa 10 días hábiles
Prórroga de autorizaciones 2 meses antes de caducar (y hasta 3 después)
Examen CCSE 25 preguntas, 15 aciertos, 85 €, válido 4 años

5 preguntas

Preguntas frecuentes

Se devenga en el momento de presentar la solicitud —o de su admisión a trámite, según el procedimiento— y debe abonarse en el plazo de diez días hábiles.

En las autorizaciones por cuenta ajena, la tasa de residencia la paga la persona trabajadora y la de autorización de trabajo el empleador, cuando la autorización sea de seis meses o más.

Sí, se fijan por orden ministerial y pueden actualizarse. Comprueba siempre el impreso en la sede electrónica antes de pagar: es el que manda.

La última Ley de Presupuestos que lo fijó es la Ley 31/2022: 20 € diarios, 600 € mensuales y 7.200 € anuales. Sin una nueva ley que lo modifique, esa sigue siendo la cuantía aplicable. Hay un cuarto valor, 8.400 € anuales, para los supuestos en que la referencia al salario mínimo en cómputo anual se sustituyó por el IPREM y no se excluyen las pagas extraordinarias.

Porque el porcentaje lo fija el Reglamento y no cambia, pero la cifra en euros la fija la Ley de Presupuestos. Cada vez que se apruebe una nueva, hay que revisar esta página.

5 fuentes consultadas

Fuentes oficiales

Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.

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