Glosario de extranjería
Oficina de Extranjería
También: Extranjería · oficina de extranjeros
La unidad de la Administración General del Estado en cada provincia que tramita y resuelve las autorizaciones de residencia y trabajo.
· Última revisión
Qué hace exactamente
Es donde entra, se tramita y se resuelve tu expediente de extranjería: arraigos, reagrupaciones, autorizaciones de residencia y trabajo, modificaciones, renovaciones.
La competencia es provincial: con carácter general corresponde la oficina de la provincia en la que tengas fijada la residencia.
Lo que no hace
Y aquí está el reparto que más viajes en balde provoca:
- No toma las huellas. Eso es la Policía.
- No expide la TIE. También la Policía, en la Comisaría donde se tramitó el expediente o se practicó la notificación.
- No emite el informe de integración. Ese lo emite tu comunidad autónoma o tu ayuntamiento.
- No homologa títulos. Eso es del ministerio competente en universidades.
Las excepciones de competencia
No siempre manda tu provincia de residencia:
- Cuando el empleador es quien presenta la solicitud —autorizaciones por cuenta ajena, para investigación, profesionales altamente cualificados—, corresponde la oficina de la provincia donde se vaya a realizar la actividad.
- Cuando una comunidad autónoma tiene traspasada la competencia ejecutiva sobre autorizaciones iniciales de trabajo y la relación laboral se inicia y desarrolla en su territorio, son sus órganos los que admiten, tramitan y resuelven.
Un apunte que ahorra sustos
Mantén actualizado tu domicilio a efectos de notificaciones. Varias hojas informativas lo advierten expresamente: si la notificación resulta infructuosa, se emplea la vía edictal y se te da por notificado aunque no la hayas leído.
3 preguntas
Preguntas frecuentes
No. La Oficina resuelve tu autorización; la tarjeta la expide la Policía, en la Comisaría donde se tramitó el expediente o se practicó la notificación.
Con carácter general, corresponde la de la provincia donde tengas fijada la residencia. Algunos procedimientos tienen reglas propias, como los que presenta el empleador, que van a la provincia donde se vaya a realizar la actividad.
Depende del trámite. Muchos admiten presentación telemática por la sede electrónica; otros exigen comparecencia personal, y la toma de huellas es siempre presencial.
2 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
Administración General del Estado Consultado el 13 sept 2026
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Consultado el 12 sept 2026
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.