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Glosario de extranjería

Protección internacional

También: asilo · protección subsidiaria · refugiado

El asilo y la protección subsidiaria: el amparo que se concede a quien no puede volver a su país por temor fundado de persecución o riesgo de daño grave.

· Última revisión

Qué agrupa el término

Dos figuras distintas bajo un mismo paraguas:

  • El derecho de asilo, para quien tiene un temor fundado de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, género u orientación sexual.
  • La protección subsidiaria, para quien, sin reunir los requisitos del asilo, se enfrentaría a un riesgo real de sufrir daños graves si volviera a su país.

No es extranjería

Y esto es lo primero que conviene entender. La protección internacional no es una autorización de residencia del sistema de extranjería: es un estatuto con su propia normativa, su propio procedimiento y sus propios órganos.

Esta web no cubre en detalle ese procedimiento. Lo que sí importa aquí es cómo se cruza con la extranjería.

Dónde se cruzan

En la nacionalidad. El artículo 22.1 del Código Civil reduce a cinco años el tiempo de residencia exigido a quienes hayan obtenido la condición de refugiado.

En la documentación. Quien acredita su condición de refugiado o apátrida queda exento de aportar el certificado de nacimiento y el pasaporte en el expediente de nacionalidad, en los términos que determine el Ministerio de Justicia.

En las vías extraordinarias de 2026. La disposición adicional vigésima abrió una autorización de arraigo para quienes hubieran presentado una solicitud de protección internacional antes del 1 de enero de 2026 — y, expresamente, también para quienes habían perdido esa condición, aunque se hubiera dictado resolución denegatoria o hubieran desistido.

En la entrega de la tarjeta. Las personas bajo régimen de protección internacional entregan su TIE en la Comisaría de su provincia, salvo si están domiciliadas en Madrid, donde la entrega se hace en la Oficina de Asilo y Refugio.

Dónde informarse

En fuente oficial y, sobre todo, con entidades especializadas. Es un procedimiento con plazos propios, entrevistas y una carga probatoria específica, y no se parece a ningún trámite de extranjería.

El trámite completo La vía extraordinaria de la DA 20ª

4 preguntas

Preguntas frecuentes

No. Es un estatuto propio, con su propia normativa y su propio procedimiento, distinto del sistema de autorizaciones de extranjería.

El arraigo tiene sus propios requisitos y no excluye a quien vio denegada una solicitud de protección internacional. De hecho, la vía extraordinaria de la DA 20ª estaba pensada precisamente para quienes habían perdido esa condición.

El artículo 22.1 del Código Civil reduce a cinco años el tiempo de residencia para quienes hayan obtenido la condición de refugiado.

Esta ficha solo explica el término y su relación con extranjería. El procedimiento de protección internacional tiene su propia normativa y conviene informarse en fuente oficial y con entidades especializadas.

3 fuentes consultadas

Fuentes oficiales

Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.

Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.