Residencia de larga duración
Respuesta rápida
La residencia de larga duración se concede a quien ha residido legalmente y de forma continuada en España durante los cinco años previos a la solicitud. Autoriza a residir y trabajar en igualdad de condiciones que los españoles, y la tarjeta se renueva cada cinco años.
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.
- 5 años de residencia legal
- Residir y trabajar indefinidamente
- Tarjeta renovable cada 5 años
- Modelo EX-11
Cifras clave
-
5 años
de residencia legal y continuada
-
6 meses
de ausencia continuada máxima
-
21,87 €
de tasa
El requisito central
Haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante los cinco años previos a la presentación de la solicitud. El impreso es el EX-11 y la tasa, 21,87 €.
Cuántas ausencias se permiten
Aquí está el detalle que decide muchos expedientes:
- Ausencias de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere los diez meses dentro de los cinco años.
- Si las ausencias son por motivos laborales, el total no puede superar los dieciocho meses dentro de esos cinco años.
Otras vías de acceso
Además del cómputo de los cinco años, el Reglamento prevé supuestos específicos. Dos de ellos:
- Quien, al llegar a la mayoría de edad, haya estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva.
- Quien haya contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España o a su proyección exterior. En ese caso la concede el titular del Ministerio y se insta de oficio.
Lo que cambia en tu vida
Dos cosas concretas, más allá de la tranquilidad:
- Es el requisito para reagrupar a tus ascendientes.
- La tarjeta se renueva cada cinco años, pero lo que renuevas es el documento, no la autorización.
4 preguntas
Preguntas frecuentes
Ausencias de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere los diez meses dentro de los cinco años. Si son por motivos laborales, el total no puede superar los dieciocho meses dentro de esos cinco años.
Sí. Entre ellas, quien al llegar a la mayoría de edad haya estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva, y quien haya contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España.
La primera renovación de la tarjeta se solicita a los cinco años, y las sucesivas también cada cinco años. Lo que se renueva es la tarjeta, no la autorización.
Entre otras cosas, es el requisito para poder reagrupar a tus ascendientes. Y da estabilidad: ya no dependes de renovar cada pocos años una autorización ligada a un trabajo.
4 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
BOE Consultado el 12 sept 2026
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Consultado el 12 sept 2026
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Consultado el 12 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026