Calendario de mis fechas clave
Respuesta rápida
Escribe la fecha de concesión de tu autorización actual (o de tu entrada en España) y el tipo de trámite: la herramienta calcula cuándo caduca, cuándo se abre y se cierra el plazo para pedir la renovación o la prórroga, el límite para solicitar la TIE, y si quieres, cuándo cumplirías el tiempo de residencia exigido para la nacionalidad. Todo se calcula en tu navegador.
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.
- Una sola fecha de partida
- Calcula caducidad y renovación
- Avisa antes del plazo
- Exportable a tu calendario
Herramienta
Calendario de mis fechas clave
Esa fecha no parece válida.
Todo se calcula en tu navegador. Nada de lo que escribas se guarda ni se envía a ningún sitio. Orientativo, no sustituye el asesoramiento de un profesional: cada expediente tiene matices.
Cifras clave
-
2 meses
antes de caducar se abre la ventana de renovación, en arraigo y residencia y trabajo
-
1 mes
de plazo para pedir la TIE tras la concesión
Cómo se calcula
La herramienta parte de una sola fecha —la de concesión de tu autorización actual, o tu fecha de entrada si aún no tienes ninguna— y le suma los plazos que fija el Reglamento para el tipo de trámite que elijas:
- Caducidad: fecha de concesión + duración de la autorización (1 año en la mayoría de arraigos, 5 en el familiar, 4 tras renovar una residencia y trabajo).
- Apertura de la ventana de renovación: caducidad − 2 meses, en los trámites que la tienen.
- Cierre de esa ventana: caducidad + 3 meses, a partir de ahí con riesgo de procedimiento sancionador.
- Plazo para pedir la TIE: fecha de concesión + 1 mes, cuando el trámite lo exige.
- Residencia de larga duración: fecha de entrada + 5 años, si eliges esa opción.
- Nacionalidad: fecha de entrada + los años que corresponda a tu categoría (10, 5, 2 o 1), si activas esa casilla.
Lo que no calcula
No tiene en cuenta interrupciones de tu residencia legal ni ausencias del país: asume continuidad desde la fecha que escribas. Si tu caso tiene algún periodo irregular o alguna ausencia larga, esas fechas pueden no aplicarte exactamente y conviene revisarlas con un profesional.
Casos reales
Farida obtuvo su arraigo social el 15 de marzo de 2026. La herramienta le muestra que su ventana de renovación se abre el 15 de enero de 2027, que su autorización caduca el 15 de marzo de 2027, y que tiene hasta el 15 de junio de 2027 para presentarla con riesgo de sanción si se le pasa la fecha normal.
Yassin entró en España el 3 de septiembre de 2016 y desde entonces ha mantenido residencia legal continuada. Marcando la categoría general de nacionalidad, ve que cumpliría el tiempo de residencia exigido el 3 de septiembre de 2026.
Errores frecuentes
- Confundir la fecha de presentación de la solicitud con la fecha de concesión: la herramienta necesita esta última.
- Olvidar que la ventana de renovación se cuenta hacia atrás desde la caducidad, no desde la concesión.
- Dar por hecho que todos los trámites tienen los mismos plazos: cada tipo de autorización es distinto, por eso hay que elegirlo primero.
5 preguntas
Preguntas frecuentes
La fecha de concesión de tu autorización actual, tal como figura en tu resolución. Si todavía no tienes ninguna autorización y quieres ver cuándo cumplirías años de residencia para la nacionalidad, usa tu fecha de entrada en España.
Porque cada uno tiene su propia duración y su propia ventana de renovación: el arraigo dura un año, la residencia y trabajo cuatro tras renovar, y el arraigo familiar cinco. La herramienta aplica la regla que corresponde a tu caso, no una genérica.
Usa la fecha que figura en tu resolución o en tu TIE como fecha de expedición. Si tienes dudas, la fecha de notificación suele estar también en el resguardo o en la comunicación que recibiste.
No: el fichero .ics que genera la herramienta hay que añadirlo tú mismo a tu calendario (Google Calendar, el Calendario de iPhone, Outlook...). Una vez añadido, es tu propia aplicación de calendario la que te avisa, con 15 días de antelación en cada fecha.
No. Este calendario calcula fechas a partir de la duración legal de tu autorización, no de cuánto tiempo has pasado fuera de España. Para eso está el contador de días fuera.
4 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
BOE Consultado el 12 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026