Los 12 meses para buscar empleo no autorizan a trabajar
Respuesta rápida
La hoja informativa del Ministerio lo dice sin rodeos: durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, no se está autorizado a trabajar. Sirve para buscar, no para trabajar mientras buscas.
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.
El detalle que cambia los planes
La autorización de residencia para búsqueda de empleo o inicio de un proyecto empresarial tras finalizar los estudios es una buena noticia: doce meses para dar el salto al mercado laboral sin perder la situación regular.
Pero tiene una limitación que conviene conocer antes, no después. La hoja informativa del Ministerio lo dice literalmente:
«Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, no se está autorizado a trabajar.»
Qué significa en la práctica
Que es un colchón de tiempo, no un permiso de trabajo. Sirve para buscar, para hacer entrevistas y para montar el proyecto. En cuanto tengas la oferta, el paso siguiente es la modificación a residencia y trabajo, que es la que sí habilita.
Los plazos, que sí son buenos
- Se pide durante los sesenta días naturales previos a que expire tu autorización de estancia por estudios, o dentro de los noventa posteriores.
- Se resuelve en veinte días. Y aquí el silencio administrativo es positivo: si no hay respuesta expresa en ese plazo, se entiende estimada.
- Modelo EX-26, tasa de 10,94 €.
Veinte días y silencio positivo es de los mejores tratos que ofrece la normativa de extranjería. Aprovecharlo depende de presentar en plazo.
4 preguntas
Preguntas frecuentes
Para mantener tu situación regular mientras encuentras trabajo o preparas un proyecto. Cuando lo encuentres, el paso siguiente es la modificación a residencia y trabajo, que sí habilita.
Veinte días desde el día siguiente a la presentación. Y aquí el silencio juega a favor: si no hay respuesta expresa, se entiende estimada.
Durante los sesenta días naturales previos a la expiración de tu autorización de estancia por estudios. También se admite dentro de los noventa días posteriores.
Sí. Pueden acompañarte los mismos familiares que ya lo hacían durante tu estancia por estudios, como titulares de autorización de estancia como familiar.
2 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Consultado el 12 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026