¿Cuánto cuesta mi trámite?
Respuesta rápida
Elige tu trámite en la lista y la herramienta te da el importe exacto de la tasa, el modelo con el que se paga y cuándo hay que abonarla. Los importes salen de la Orden PJC/617/2025, salvo la nacionalidad, que la fija la Ley 19/2015, y la homologación de títulos, que fija el RD 889/2022.
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.
- 20 trámites distintos
- Importe, modelo y plazo de pago
- 10 días hábiles para pagar
- Cifras de la Orden PJC/617/2025
Herramienta
¿Cuánto cuesta mi trámite?
Todo se calcula en tu navegador. Nada de lo que escribas se guarda ni se envía a ningún sitio. Orientativo, no sustituye el asesoramiento de un profesional: cada expediente tiene matices.
Cifras clave
-
38,28 €
tasa de cualquier tipo de arraigo
-
100 €
tasa de la nacionalidad por residencia
Cómo se calcula
No hay cálculo propiamente dicho: la herramienta es una consulta directa al catálogo de tasas vigentes, para no tener que buscarlas trámite por trámite ni copiar mal una cifra. Cada importe sale de la Orden PJC/617/2025 —salvo la nacionalidad (Ley 19/2015) y la homologación de títulos universitarios (RD 889/2022)— y se actualiza si esas normas cambian.
Cuándo se paga
En todos los casos, la tasa se devenga al presentar la solicitud, o al admitirse a trámite según el procedimiento, y hay que abonarla en el plazo de diez días hábiles. No se devuelve si la solicitud se deniega: grava la tramitación, no el resultado.
Casos reales
Omar va a presentar su solicitud de arraigo sociolaboral. La herramienta le dice que la tasa es de 38,28 €, modelo 790-052, epígrafe 2.3.1, y que tiene diez días hábiles desde que presente la solicitud para pagarla.
Leila va a solicitar la nacionalidad por residencia. La herramienta le indica que la tasa es de 100 €, con el modelo 790 código 026 —distinto del que usan el resto de trámites de extranjería—, y que se paga con independencia de si al final se la conceden o no.
Errores frecuentes
- Pagar con el modelo equivocado: la nacionalidad y la homologación de títulos no usan el 790-052 que emplea la mayoría de autorizaciones de extranjería.
- Dar por hecho que la tasa se devuelve si deniegan la solicitud: no es así.
- Dejar pasar los diez días hábiles de plazo para pagar, pensando que hay más margen.
5 preguntas
Preguntas frecuentes
Se devenga al presentar la solicitud —o al admitirse a trámite, según el procedimiento— y hay que pagarla en el plazo de diez días hábiles.
No. Las tasas gravan la tramitación del expediente, no su resultado: se pagan con independencia de que la respuesta sea favorable o no.
Porque no la tramita Extranjería: la nacionalidad por residencia la crea la Ley 19/2015 y usa el modelo 790 código 026, distinto del 790-052 que usan las autorizaciones de extranjería.
En las autorizaciones por cuenta ajena, la tasa de residencia la paga la persona trabajadora, y la de autorización de trabajo —cuando la autorización es de seis meses o más— la paga el empleador.
Sí, se fijan por orden ministerial y se actualizan de vez en cuando. Comprueba siempre el impreso en la sede electrónica antes de pagar: es el que manda si hay alguna diferencia.
6 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
Boletín Oficial del Estado Consultado el 13 sept 2026
Boletín Oficial del Estado Consultado el 13 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026
Administración General del Estado Consultado el 12 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026
Boletín Oficial del Estado Consultado el 13 sept 2026