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¿Cuánto cuesta mi trámite?

Respuesta rápida

Elige tu trámite en la lista y la herramienta te da el importe exacto de la tasa, el modelo con el que se paga y cuándo hay que abonarla. Los importes salen de la Orden PJC/617/2025, salvo la nacionalidad, que la fija la Ley 19/2015, y la homologación de títulos, que fija el RD 889/2022.

Equipo Dalil Actualizado el Conforme a Orden PJC/617/2025 · Ley 19/2015 · RD 889/2022 Contrastado con fuentes oficiales

Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.

  • 20 trámites distintos
  • Importe, modelo y plazo de pago
  • 10 días hábiles para pagar
  • Cifras de la Orden PJC/617/2025

Herramienta

¿Cuánto cuesta mi trámite?

Todo se calcula en tu navegador. Nada de lo que escribas se guarda ni se envía a ningún sitio. Orientativo, no sustituye el asesoramiento de un profesional: cada expediente tiene matices.

Cifras clave

  • 38,28 €

    tasa de cualquier tipo de arraigo

  • 100 €

    tasa de la nacionalidad por residencia

Cómo se calcula

No hay cálculo propiamente dicho: la herramienta es una consulta directa al catálogo de tasas vigentes, para no tener que buscarlas trámite por trámite ni copiar mal una cifra. Cada importe sale de la Orden PJC/617/2025 —salvo la nacionalidad (Ley 19/2015) y la homologación de títulos universitarios (RD 889/2022)— y se actualiza si esas normas cambian.

Cuándo se paga

En todos los casos, la tasa se devenga al presentar la solicitud, o al admitirse a trámite según el procedimiento, y hay que abonarla en el plazo de diez días hábiles. No se devuelve si la solicitud se deniega: grava la tramitación, no el resultado.

Casos reales

Omar va a presentar su solicitud de arraigo sociolaboral. La herramienta le dice que la tasa es de 38,28 €, modelo 790-052, epígrafe 2.3.1, y que tiene diez días hábiles desde que presente la solicitud para pagarla.

Leila va a solicitar la nacionalidad por residencia. La herramienta le indica que la tasa es de 100 €, con el modelo 790 código 026 —distinto del que usan el resto de trámites de extranjería—, y que se paga con independencia de si al final se la conceden o no.

Errores frecuentes

  • Pagar con el modelo equivocado: la nacionalidad y la homologación de títulos no usan el 790-052 que emplea la mayoría de autorizaciones de extranjería.
  • Dar por hecho que la tasa se devuelve si deniegan la solicitud: no es así.
  • Dejar pasar los diez días hábiles de plazo para pagar, pensando que hay más margen.

5 preguntas

Preguntas frecuentes

Se devenga al presentar la solicitud —o al admitirse a trámite, según el procedimiento— y hay que pagarla en el plazo de diez días hábiles.

No. Las tasas gravan la tramitación del expediente, no su resultado: se pagan con independencia de que la respuesta sea favorable o no.

Porque no la tramita Extranjería: la nacionalidad por residencia la crea la Ley 19/2015 y usa el modelo 790 código 026, distinto del 790-052 que usan las autorizaciones de extranjería.

En las autorizaciones por cuenta ajena, la tasa de residencia la paga la persona trabajadora, y la de autorización de trabajo —cuando la autorización es de seis meses o más— la paga el empleador.

Sí, se fijan por orden ministerial y se actualizan de vez en cuando. Comprueba siempre el impreso en la sede electrónica antes de pagar: es el que manda si hay alguna diferencia.

6 fuentes consultadas

Fuentes oficiales

Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.

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