Un año, una comunidad, un sector
Respuesta rápida
La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia la solicita la propia persona con el modelo EX-07. Exige cumplir los mismos requisitos que la ley pide a los nacionales para abrir y hacer funcionar la actividad. Dura un año y queda limitada a un ámbito geográfico autonómico y a un sector de actividad.
Información general, no asesoramiento jurídico: cada expediente tiene matices.
La pides tú
A diferencia de la de cuenta ajena —que presenta el empleador—, la autorización inicial por cuenta propia la solicita la propia persona, con el modelo EX-07. No hay intermediario, y tampoco hay empresa que cargue con el papeleo.
Lo que de verdad se pide
El requisito de fondo no es «tener una idea de negocio». Es cumplir lo mismo que se le exige a un español para abrir y hacer funcionar esa actividad: licencias municipales, titulación cuando la actividad la requiera, colegiación si el sector la impone, altas correspondientes.
Dicho de otro modo: la parte de extranjería no te exime de la parte de negocio. Las dos se miran.
Las dos ataduras del primer año
Esto es lo que más sorprende, y conviene tenerlo claro desde el principio:
- Dura un año. No es una residencia larga: es un primer tramo.
- Queda limitada a un ámbito geográfico autonómico y a un sector de actividad. No es una autorización para trabajar en lo que surja y donde surja.
Por qué importa antes de empezar
Porque condiciona decisiones que la gente toma a la ligera. Montar la actividad en una comunidad y mudarse a otra a los seis meses no es neutro. Cambiar de sector porque el primero no funcionó, tampoco.
Si estás eligiendo dónde instalarte, elige pensando en el año entero.
La buena noticia llega a los doce meses
En la renovación es donde esto se suelta: la autorización renovada elimina los límites de zona geográfica y de sector. El primer año es el estrecho; el siguiente, no.
Mira los plazos de renovación con tiempo —se pide en los dos meses anteriores a la caducidad— porque llegar justo a esa fecha con la actividad en marcha es más fácil de lo que parece.
5 preguntas
Preguntas frecuentes
En quién solicita. La de cuenta ajena la presenta el empleador; la de cuenta propia la presentas tú, porque no hay empresa que te contrate.
Que la autorización se concede para la actividad concreta que has justificado. Cambiar de sector no es un trámite menor: revisa qué exige tu caso antes de dar el paso.
El ámbito geográfico también está acotado. Mudarse dentro de España puede afectar a la autorización, así que conviene comprobarlo antes de la mudanza, no después.
Sí. Se exige cumplir los requisitos que la legislación vigente pide a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la actividad: licencias, colegiación si procede, titulación cuando la actividad lo requiera.
Entra la renovación, y ahí es donde desaparecen los límites de zona y de sector. Mira la página de renovaciones para los plazos.
3 fuentes consultadas
Fuentes oficiales
Todo lo anterior sale de aquí. Puedes verificarlo tú mismo.
BOE Consultado el 12 sept 2026
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Consultado el 12 sept 2026
BOE Consultado el 12 sept 2026